¿De Qué Se Trata El Beneficio?
Es un aporte donde se incluyen a las personas que han tenido familiares víctima del Covid-19. Allí se cubren los gastos funerarios para cubrir gastos fúnebres. El respaldo se aplica en la realización de una sola entrega, la cual se hará en especie. La ayuda se hace directamente a los familiares de la víctima.
Características Del Apoyo Funerario
El respaldo se entrega una sola vez y directamente a los familiares. El aporte es consistente de los componentes como el féretro. La preparación del cuerpo, el embalsamiento. El Equipaje de velación en condición de préstamo. La transportación del cuerpo en el carro fúnebre pero en la ciudad de México. Se gestiona la carta de defunción. La gestión debida al Panteón Civil de San Lorenzo Tezonco no siendo de perpetuidad. A caso extremo, la liberación legal del cuerpo ante las oficinas concernientes desde el Ministerio público. Al igual que el traslado al Médico Forense.
¿Quiénes Pueden Beneficiarse?
El servicio funerario se destina para aquellos seres humanos los cuales tienen como causa de fallecimiento la enfermedad de Covid-19. Así como otras procedencias de defunción. Pero, si la familia ha sido favorecida por los dos apoyos, le será suspendido el concedido por la alcaldía. Si solo se cuenta con el beneficio de la alcaldía, esta va a brindar la cantidad de 34 apoyos. Poseen la cantidad de 5.800 pesos cada beneficio. A todos aquellos individuos que resultaron afectadas.
¿Cómo Acceder A Este Programa?
Los familiares del difunto tienen que vivir en el espacio que tutela la Alcaldía Tláhuac. Los que pretendan ser beneficiados deben ser de bajos recursos, y tener alta vulnerabilidad de tipo social. También aquellas personas que residen dentro de la Alcaldía. Si es el caso que quien hace la petición del beneficio y no es familia del difunto deberá señalarlo en la correspondiente petición. Los individuos en condición de calle, niños abandonados, indígenas o aquellos que presentan una condición particular y no puedan indicar ninguna dirección, deben acudir hacia la Jefatura de Unidad Comarcal perteneciente a Bienestar Social del distrito.
Requisitos
- Presentar el acta de defunción. Allí se debe especificar que la causa de muerte fue por COVID-19.
- Hacer una declaratoria bajo protesta de decir verdad que los recursos financieros serán usados para el apoyo de la economía familiar derivado del gasto funerario, y acreditar el parentesco.
- El DIF es quien establece los criterios de quién es la persona beneficiaria.
- Una vez formular la petición en el formato se deben esperar siete días para recibir la respuesta del beneficio.
- El apoyo es de 11 mil 460 pesos. Es solidario, universal y directo y está a cargo del DIF. No se necesita que los favorecidos sean derechohabientes de alguna institución de seguridad social.
Información General
Puedes hacer la petición por medio de la plataforma digital www.deudoscovid.gob.mx allí se hará el registro de solicitudes. En el portal web se determina un elemento para la asignación del pago. Puede ser por transferencia bancaria o a través de la generación de un folio que se puede cobrar directamente en ventanillas de los bancos.
Tabla de contenidos